InicioDerechosLas 5 vías de regularización de un extranjero irregular en España

Las 5 vías de regularización de un extranjero irregular en España

Arraigo laboral

La primera vía sería acogiéndose al denominado arraigo laboral, en cuyo caso los requisitos serían (además de tener que demandar a la empresa entre otras cosas): demostrar que ha estado efectivamente en territorio español por lo menos los 2 últimos años, esto quiere decir que, si aún no ha cumplido ese plazo, deberá esperar hasta cumplir con ese primer requisito, y además demostrar al menos 1 año de trabajo.

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Arraigo Social

La segunda vía sería acogerse al denominado arraigo social, en cuyo caso hay 4 requisitos: el primero es haber cumplido en España, en situación irregular, al menos 3 años; si no se han cumplido debe esperar hasta cumplir ese plazo para solicitar esta vía; segundo, debe acreditar que está integrado a la sociedad española, que tiene familia, cónyuge, padre o hijos legales en España; tercero, carecer de antecedentes penales; y por último que haya una empresa que lo quiere contratar (contrato de trabajo).

Arraigo Familiar

La tercera vía es el arraigo familiar, para el cual se debe demostrar que se tiene un hijo(a), español(a), menor de edad, con el que se está empadronado, es decir, la persona llego a España por las vías que sean y en España tiene un hijo menor de edad al que ya se le ha otorgado la nacionalidad española. En esas circunstancias usted será capaz de obtener una tarjeta que lo habilitará para trabajar. A partir de allí, y que se haya demostrado que se está dando uso a esa tarjeta y que se está cotizando a la seguridad social, usted podrá seguir renovándola.

Tiempo en España

La cuarta vía seria que el interesado tenga una pareja, extranjero(a) también, que sea además residente legal en España, por ejemplo un colombiano que tiene primera o segunda tarjeta, un ecuatoriano que tenga ya la tarjeta de larga duración, cualquier caso que sea legalmente residente; sin embargo esta vía no le va a otorgar ningún derecho legal, simplemente le va a ayudar en el trámite del arraigo social o en el trámite del arraigo laboral, pero no va a reducir la condición del tiempo de espera, que es requisito en cada caso.

Tener Pareja Española

Por último, tenemos una vía en el caso de que usted tenga una pareja que sea nacional español(a), o de cualquier otro país de la Unión Europea. En ese caso, si usted accede a celebrar un matrimonio, y el Juez del Registro Civil donde usted remite la solicitud, aprueba, o permite que usted celebre ese matrimonio, y a usted le entregan un libro de familia, a partir de esa situación, usted sí que podrá legalizar su situación en España de manera casi automática, por vía de lo que se llama la obtención de una tarjeta de régimen comunitario, de esa manera si podría por pareja de hecho, o por matrimonio, pues acceder a esa legalización con la mejor tarjeta que puede obtener un extranjero que es por 5 años, y en caso de matrimonio, al cabo de 1 año ya puede solicitar la nacionalidad española.

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